lunes, 30 de mayo de 2011

Preguntas más frecuentes sobre el Plan de Pensiones de la AGE.

1 -¿Como Partícipe del Plan debo realizar algún trámite inicial en cualquier oficina del BBVA?

No, pero si desea recibir información domiciliada sobre sus derechos económicos en el Plan de la AGE, deberá personarse una única vez en cualquier oficina del BBVA acreditándose como partícipe del Plan de la AGE mediante la presentación del DNI y facilitando su domicilio. Además, si lo desea, podrá obtener en la oficina del BBVA en ese mismo momento su Certificado de Pertenencia al Plan, realizar consultas de movimientos económicos o designar Beneficiarios.


2 -¿Dónde puedo obtener información adicional sobre el Plan AGE?

En las páginas web:

* www.funciona.es logo del Portal FUNCIONA (funcionarios de la AGE con acceso a la Intranet:
opción Plan de pensiones: (para consultar ’Sus datos económicos’ solicite Clave de Acceso)

* www.bbvanet.com/age logo del BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA - NET (servicio de consultas ’on-line’ BBVA).

También llamando al teléfono: 902.24.00.60 (’Centro de Atención Telefónica AGE’ del BBVA).

* www.ccoo.es logo del sindicato COMISIONES OBRERAS SINDICATO

* www.csi-csif.es logo del sindicato CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE y de FUNCIONARIOS SINDICATO

* www.ugt.es logo del sindicato UNIóN GENERAL de TRABAJADORES SINDICATO


3 -¿Debo ser cliente del BBVA para realizar cualquier gestión relativa al Plan AGE como Partícipe?

No, en absoluto. Basta con identificarse con el DNI como Partícipe del Plan AGE en cualquier oficina bancaria de la red del BBVA.


4 -¿Qué ocurre con los funcionarios del Estado transferidos a las CC.AA.?

En este caso, al no prestar servicios en la Administración General del Estado, NO serán Partícipes del Plan de la AGE.


5 -¿Cualquier persona adscrita a MUFACE pertenece al Plan AGE?

Sólo en el caso de que usted esté prestando servicios en una Entidad Promotora que pertenezca al Plan AGE y reúna los requisitos establecidos en las Especificaciones .

Consulte dentro de esta web ’ACUERDOS Y CONSULTAS DE LA COMISIÓN DE CONTROL: Acuerdos de modificación del artículo 16.5 y de la Addenda de Entidades Promotoras de las Especificaciones’ para conocer las Entidades Promotoras.


6 -¿Cómo puedo informarme de las contribuciones aportadas por las Entidades Promotoras?

Anualmente, las Entidades Promotoras realizarán una nómina de contribuciones al Plan de Pensiones de la AGE por sus empleados partícipes.

Además las Entidades Promotoras deberán incorporar en el Certificado de haberes a efectos de la declaración del IRPF las cantidades aportadas.
Estas cantidades figurarán igualmente en el Certificado anual de aportaciones a efectos fiscales.


7 -Me acabo de jubilar: ¿a dónde debo dirigirme y qué documentación necesito?

Consulte la Sección: 4 - Reconocimiento de Prestaciones, JUBILACIÓN.


8 -¿Quién es el beneficiario en la contingencia de fallecimiento del Partícipe?

Podrán ser beneficiarios las personas físicas designadas expresamente como tales. (Para ello, el Partícipe puede acudir a cualquier oficina bancaria del Grupo BBVA y rellenar un boletín de designación de beneficiarios) (* Ver modelo en la Sección: 4 - Reconocimiento de Prestaciones )

A falta de designación expresa, serán beneficiarios de la contingencia de fallecimiento los herederos legales o testamentarios.


9 -¿Qué posibilidades hay de movilizar cualquier otro Plan de Pensiones que se posea hacia el Plan AGE?

En cualquier momento podrá movilizar sus derechos consolidados de cualquier Plan de Pensiones de los sistemas Individual y Asociado.

Consulte la Sección: 5 - Movilidad de Derechos consolidados.


10 -¿Cómo se movilizan los derechos consolidados desde otro Plan de Pensiones?

El Partícipe que desee movilizar los derechos consolidados que mantiene en otro plan (origen), comparecerá ante la Entidad Gestora de destino (cualquier oficina del BBVA), ordenando a dicha entidad, previa su identificación, que realice, en su nombre y ante la Entidad Gestora de origen inscrita en la DGS, todos los trámites necesarios para que se lleve a cabo la movilización de los derechos consolidados que mantiene en el Plan de origen al Plan de destino (AGE).
Para ello deberá aportar los datos necesarios para la identificación del plan de origen por medio de un certificado de pertenencia o una simple información trimestral de la evolución del valor liquidativo emitido a su nombre.

Consulte la Sección: 5 - Movilidad de Derechos consolidados.


11 -¿Puedo realizar aportaciones individuales al Plan AGE?

Sí, con unos límites legales establecidos en función de la edad del partícipe. (ver Prontuario Informativo del BBVA)

Puede realizarse por teléfono (902.24.00.60), también a través de www.bbvanet.com/age y asimismo mediante domiciliación de la aportación.

Antes de realizar la aportación, el partícipe ha de presentarse al menos una vez en una sucursal del BBVA para identificarse, obtener las claves de acceso y aportar la información que necesita el Banco.


12 -¿Existe alguna diferencia en los límites de aportación en el caso de hacerlo a favor de minusválidos?

Existe un Régimen Financiero especial en favor de las personas con minusvalía. Esto supone deducciones fiscales tanto para quienes aportan, como para los propios minusválidos.


13 -¿Se pueden seguir realizando aportaciones al Plan de la AGE a partir de la jubilación?

Sí, pero esas cantidades serán únicamente para la contingencia de fallecimiento.

Consulte la Sección: 4 - Reconocimiento de prestaciones.


14 -¿Las aportaciones al Plan de Pensiones de la AGE deben declararse a efectos del IRPF?

Las contribuciones imputadas por los Promotores a los partícipes del Plan de Pensiones de la AGE deberán declararse a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimientos del trabajo, a la vez que serán objeto de reducción en la base imponible del impuesto. Por tanto tendrán un efecto fiscal neutro.

Asimismo las aportaciones voluntarias que realicen los partícipes del Plan de Pensiones de la AGE podrán reducirse en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con el límite de aportaciones que proceda, según las circunstancias laborales personales y familiares que concurran en su declaración.


15 -¿Existe alguna diferencia en la Fiscalidad en el caso de Navarra o el País Vasco?

Efectivamente existen diferencias en las deducciones fiscales si usted trabaja en una Entidad Promotora ubicada en Navarra o el el País Vasco.


16 -¿Puedo realizar aportaciones tras haberme jubilado?

Consulte este documento: Aportaciones tras jubilación.