lunes, 31 de enero de 2011

VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS PERSONAL AGE 2011.

Aquí os dejo un documento, actualizado a la Ley 39/2010, de los permisos del personal de la Administración General del Estado:

Documento: (Ver) o (Descargar)

sábado, 29 de enero de 2011

SE HA FIRMADO EL I PLAN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN LA AGE.

El Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres, aprobado el 26 de enero por el Gobierno, define siete ejes de actuación en campos como el desarrollo de la carrera profesional, la formación, la ordenación del tiempo de trabajo o la protección ante situaciones de acoso.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado (AGE) y en sus organismos públicos.

Documento: I Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres

ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Trabajo e Inmigración sobre el Anteproyecto de Ley sobre Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social. Se trata de un conjunto de medidas que tienen como objetivo reforzar la sostenibilidad futura del sistema de pensiones español en la línea marcada por las Recomendaciones del pacto de Toledo aprobadas por el Congreso de los Diputados el pasado 25 de enero.

El texto contempla disposiciones de gran relevancia que afectan, entre otras cuestiones, a la edad de jubilación, cuantía de las pensiones, jóvenes en formación, mejora de las pensiones mínimas para personas solas, separación de fuentes, trabajadores agrarios, trabajadores autónomos, Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y factores de sostenibilidad del Sistema.

Edad de jubilación
El desafío demográfico y el aumento en la esperanza de vida de la población determinan la necesidad de modificar la edad legal de jubilación, que se incrementa progresivamente a lo largo de un periodo transitorio hasta los 67 años Sin embargo, la reforma también contempla diversos supuestos en los que es posible la jubilación antes de esa edad, en coherencia con los principios de gradualidad y flexibilidad que la inspira, que son los siguientes:
• Tratamiento específico en atención a las características personales y profesionales de determinados colectivos. En este caso se incluye a madres que hayan interrumpido su vida laboral para cuidar de sus hijos y que podrán adelantar la edad de jubilación hasta un máximo de dos años cuando cumplan determinados requisitos de cotización. Se contempla, asimismo, la jubilación antes de los 67 años de los trabajadores que realicen trabajos de especial peligrosidad o penosidad.
• Se mantiene la posibilidad de jubilación a los 65 años con el 100 por 100 de la pensión cuando se acredite un periodo de cotización que se aumentará gradualmente hasta los 38 años y seis meses. También podrán jubilarse a partir de los 65 años quienes no reúnan este período de cotización aunque se aplicará un coeficiente reductor a la cuantía de la pensión.
• Se permite la jubilación anticipada a partir de los 63 años con coeficiente reductor siempre que se acredite un mínimo de cotización de 33 años. Excepcionalmente, en situaciones de crisis, los trabajadores se podrán jubilar a partir de los 61 años cuando hayan cotizado al menos 33 años.
• Se mantiene la jubilación parcial a los 61 años, si bien la cotización será íntegra tanto para el trabajador relevista, como para el relevado.
• Se elimina el supuesto de jubilación especial a los 64 años.
• Se incrementan los incentivos para la prolongación voluntaria de la vida laboral.

Cuantía de la pensión
Atendiendo a la Recomendación del Pacto de Toledo sobre la necesidad de reforzar la contributividad del sistema de pensiones se incrementa el número de años que se tienen en cuenta para el cálculo de la pensión de jubilación: de los actuales 15 años se pasará, gradualmente, a 25 años.
La escala que se utiliza para la determinación de la pensión en función del esfuerzo de cotización evolucionará progresivamente hasta convertirse en totalmente proporcional a lo largo del conjunto de la escala.

Jóvenes en formación
El texto de la futura Ley tiene en cuenta el hecho de que cada vez más los jóvenes entran en el mundo laboral a través de programas formativos o de investigación que, en algunos casos, no comportan cotización al Sistema.
Las empresas que financien estos programas de formación o investigación deberán cotizar a la Seguridad Social por los beneficiarios, con equiparación total al contrato de trabajo formativo. Cuando sea preciso, se podrán formalizar convenios especiales por la participación en programas de formación e investigación remunerados.
Además, permitirá cotizar, por una sola vez y un plazo máximo de hasta dos años, para subsanar la laguna de cotización en los años iniciales de la vida laboral de los trabajadores, en las situaciones en las que en el pasado no era obligación de cotizar y en la actualidad, sí.

Integración y convergencia de Regímenes especiales
Los trabajadores agrarios que cotizan por cuenta ajena en el Régimen Especial Agrario se integrarán en el Régimen General a través de un sistema que asegure la equiparación de sus prestaciones. Esta modificación se aplicará en un período transitorio que garantice la competitividad de las cotizaciones agrarias.
En cuanto al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, durante los próximos quince años las bases mínimas de cotización crecerán de forma similar a las bases medias del Régimen General, con el fin de hacer converger la intensidad de la acción protectora de los trabajadores por cuenta propia con la de los empleados por cuenta ajena. Las subidas de cada año se debatirán en el marco del diálogo social y no serán aplicables cuando la crisis económica redunde en pérdida de rentas o empleo en este colectivo.

Factor de sostenibilidad
A partir de 2027 se revisarán cada cinco años los parámetros del sistema por las diferencias de la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027. Los cálculos se harán conforme a las previsiones de los organismos oficiales.
El objetivo de esta medida es garantizar la sostenibilidad a largo plazo del sistema público de pensiones y mantener la proporcionalidad entre las contribuciones al sistema y las prestaciones esperadas del mismo.

Mejora de las pensiones mínimas para personas solas
El texto aprobado refuerza la acción protectora del sistema con la mejora de las pensiones mínimas de los pensionistas de edad avanzada que viven solos, sea la pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. Los incrementos de las pensiones mínimas han situado buena parte de éstas por encima del umbral de pobreza relativa, si bien aún quedan situaciones de privación.

Financiación complementaria y separación de las fuentes
El Anteproyecto de Ley asume plenamente las Recomendaciones del Pacto de Toledo en cuando a la separación y clarificación de las fuentes de financiación. Considera, en consecuencia, la necesidad de compatibilizar los objetivos de consolidación y estabilidad presupuestaria con los de plena financiación de las prestaciones no contributivas y universales a cargo de los Presupuestos de las Administraciones Públicas.
Una vez promulgada la Ley, se constituirá un grupo de trabajo integrado por expertos propuestos por los Ministerios de Trabajo e Inmigración y Economía y Hacienda, y de los agentes económicos y sociales. Este grupo deberá analizar posibles escenarios de financiación complementaria del Sistema de Seguridad Social a medio y largo plazo, en un marco coherente con la separación de fuentes de financiación, que atribuye la participación prioritaria del Estado en la financiación de las prestaciones universales y no contributivas del sistema.

Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Se plantea el desarrollo de un programa específico de seguimiento de las bajas con una duración inferior a quince días, que mejore la conexión telemática entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, a fin de reducir los tiempos de intercambio de información y unificar los criterios diagnósticos.

viernes, 28 de enero de 2011

LA NECESIDAD DE AUMENTAR LA EDAD DE JUBILACIÓN ES UNA BURDA MENTIRA QUE NACE DE LA INEFICIENCIA

Resulta curioso comprobar las propuestas económicas que supone la crisis económica actual y cómo ésta es aprovechada para “reclamar” medidas entendidas por necesarias para encubrir la mala gestión económica histórica española que hoy se ha tornado insostenible. La relación entre la crisis, su gestión y aumentar la edad de jubilación es ineludible y los motivos tan evidentes como encubiertos.

La administración de las economía pública española, excepto en contadas ocasiones, ha dejado mucho que desear, de ahí la alta tasa de paro estructural español o la elevada inflación histórica. Estos graves problemas sumados a otro sin fin de ellos se han tornado en una situación económica harto deteriorada, como se puede comprobar hoy por hoy. Sin embargo, ahora, para subsanar los errores presentes y pasados, se pretenden llevar a cabo medidas que nada tienen que ver con los problemas históricos de la economía española. En vez de atajar los problemas “de toda la vida” que permitirían sanear muchísimo las cuentas públicas, se alargar la edad de jubilación cosa que no reducirá el desempleo, que no nos hará más competitivos, que no estrechará en diferencial del IPCA (índice de precios de consumo armonizados) con el resto de países de la Unión Europea y que al fin y al cabo no subsanará los problemas de siempre (causa y resultado).

La disposición de la Administración por aumentar la edad de jubilación, ya que no es traída para dar solución a los trasnochados problemas de la economía española, debe tener otros motivos. Y éstos son el desgaste del sistema económico español y la mala gestión de la crisis económica actual. La relación es la siguiente:

La intencionalidad de aumentar la edad de jubilación pretende garantizar las pensiones en 2030. La Seguridad Social aunque la crisis comenzara a finales de 2007, en 2009 ha tenido un superávit del 0,8% (ha gastado menos de lo que ha ingresado) ya que los efectos del elevado desempleo no se han trasladado instantáneamente a la caja Social. En los Presupuestos Generales del Estado para 2010 el pago al subsidio por desempleo representará la segunda mayor partida, 30.974,84 millones de euros (en 2009 fue de 19.615,95 millones de euros) algo más de un cuarto de la partida de las pensiones (108.282,71 millones de euros). El empleo no recuperará valores anteriores a 2007 hasta el año 2020 ya que la estructura de la economía española no genera empleo “nuevo” hasta que el PIB no crece con valores superiores al 2% cosa que se estima suceda no en menos de dos años. Por tanto, durante más de 10 años arrastraremos una tasa de desempleo muy abultada y muy costosa que además conlleva, sin un estricto control del Gasto Público, un aumento de la Deuda Pública (la tercera partida del Presupuesto con 23.200 millones de euros, mientras que en 2009 fue de 17.400 millones de euros). Aumentan mucho más rápido los gastos extras que los gastos en pensiones (en 2009 el gasto fue de 106.098,58 millones de euros en 2010 serán 2.000 millones más) concretamente el gasto en desempleo y Deuda se ha incrementado en un año en 16.958,89 millones de euros y esto se alargará en el tiempo (el desempleo no se reducirá lo suficientemente rápido como para evitar que la Deuda no siga acumulándose).

En definitiva, y los plazos coinciden, es necesario aumentar la edad de jubilación porque la crisis, que se alargará en el tiempo, ha hecho aumentar explosivamente el Gasto Público en partidas derivadas directamente de la coyuntura económica actual: desempleo y Deuda Pública. La caja se irá vaciando y no se evita que esto suceda sino que se alarga la edad de jubilación.

Es mentira que sea necesario aumentar la edad de jubilación porque la esperanza de vida aumente (no sería problema si los que cotizásemos fuésemos más productivos), lo que es necesario es sanear la estructura económica española como sea necesario pues sino se hace, el resultado y los parches valdrán de poco más allá de la necesidad de trabajar cada año más para tener lo mismo o menos.

jueves, 27 de enero de 2011

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO 2011: AEMET Y CHG.

Aquí os dejo los presupuestos de la Aemet y de la Confederación Hidrográfica del Guadiana para el año 2011.

- Presupuestos 2011 Aemet: (ver) o (descargar) (Programa 495B)

- Presupuestos 2011 CH Guadiana: (descargar)

Me gustaría saber si alguno puede localizar un seguimiento de los prespuestos del 2010.

Antonio.

LOS FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES SÓLO SON RENTABLES PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS.

Así se extrae del estudio realizado por Pablo Fernández, profesor de finanzas del IESE de la Universidad de Navarra, y Javier del Campo, asistente de investigación de la misma prestigiosa escuela de negocios. Los autores, bajo el título "Rentabilidad de los fondos de pensiones en España, 1994-2009", aseveran que, en los últimos 10 años, la rentabilidad promedio de los planes de pensiones fue inferior a la inflación, e incluso a la inversión en bonos del estado a cualquier plazo.

"El decepcionante resultado global de los fondos se debe a las elevadas comisiones, a la composición de la cartera y a la gestión activa", asegura el estudio que, más adelante concluye que "En muchos casos, los inversores perdieron la desgravación fiscal con la que el Estado les indujo a invertir en fondos de pensiones en menos de 5 años (vía comisiones e ineficiencias en inversión y gestión)".

El estudio aporta datos comparativos de rentabilidad entre los fondos de pensiones españoles, bonos del Estado y la bolsa española. En los últimos 10 años, el 93% de los fondos del sistema individual obtuvo una rentabilidad inferior a la inflación y el 99,3% obtuvo menos rentabilidad que los bonos del Estado a 10 años.

Parece evidente que estos planes privados de pensiones, que pretenden sustituir al sistema público, sólo generan rentabilidad para quienes los promueven. En el mejor de los casos, la inversión realizada en ellos obtiene rentabilidad, a corto plazo, a través de la desgravación fiscal. No obstante, esa desgravación fiscal, al alcance exclusivamente de las rentas con capacidad de ahorro -más altas que la media- supuso, en 2010, conforme afirma el catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Sevilla, Juan Torres, un gasto fiscal de 1.443 millones de euros, prácticamente la misma cantidad -1.500 millones de euros- que, hoy, supone el recorte de las pensiones. Una desgravación, por tanto, bastante injusta.

Indudablemente, en España, donde el volumen de negocio de las entidades financieras sobre los planes de pensiones dista mucho del obtenido en el resto de países europeos, los bancos pretenden ampliar sus beneficios atrayendo más inversores. Un método rápido, que está dando el resultado esperado, es generar alarma social en relación a la solvencia del Sistema de Seguridad Social -el más saneado de toda Europa-. La alarma está induciendo al Gobierno a recortar los derechos de los pensionistas y, así, atrae miles de millones, de quienes pueden ahorrar algo de sus salarios, hacia los planes de pensiones privados.

Las entidades financieras utilizan esos recursos en busca de pingües beneficios que, curiosamente, obtienen por una de estas dos vías: colocándolos en los mercados financieros con altas ganancias que no repercuten a sus clientes, o gestionándolos mal, hasta la quiebra, como ha ocurrido en Estados Unidos, y obligando a los gobiernos a acudir al rescate con cientos de miles de millones. Puesto que es un juego, siempre gana la banca.

Fuente: http://www.fsc.ccoo.es/webfsc/menu.do?Inicio:114286

miércoles, 26 de enero de 2011

RETRIBUCIONES FUNCIONARIOS AGE 2011.

Aquí os dejo el cuadro de retribuciones para los funcionarios de la Administración General del Estado para este año 2011:
(Ver) o (Descargar)

Un juzgado de Navarra sentencia que la devolución del piso cancela la hipoteca.

Pamplona. (Efe).- La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha dictado una sentencia en la que considera que devolver al banco un piso hipotecado es suficiente para saldar la deuda contraída aunque el inmueble haya perdido valor por la crisis y reprocha desde un punto de vista moral la actitud de la entidad.

La Audiencia ha resuelto así un recurso de un banco contra una sentencia de un juzgado de Estella, que consideró que no había lugar a continuar con un procedimiento de ejecución después de que la entidad financiera embargara la vivienda garantía de préstamo y se la adjudicara al quedar desierta la subasta que se convocó. El préstamo ascendía a 71.225 euros y el banco valoró el inmueble en el contrato de préstamo firmado en 75.900 euros, aunque en la subasta su valor fue de 42.895 euros.

Por esta diferencia la entidad quiso continuar el procedimiento de ejecución sumando costas y liquidación de intereses, y para ello argumentó en su recurso a la Audiencia que esta medida no constituye un abuso de derecho y que la subasta no cubría la deuda demandada. Sobre este último asunto, el fallo de la Audiencia de Navarra señala que, siendo cierto el argumento, el valor de la finca es suficiente para cubrir el principal del préstamo hipotecario e incluso superior a éste y es el banco el que se la ha quedado, por lo que resulta "circunstancial" que en la subasta el valor fuera inferior y por lo tanto la ejecución solicitada "únicamente" podrá continuar para costas e intereses.
Añade además que en estricto ejercicio del derecho, "formalmente cabría entender que la actuación del banco se ajusta a la literalidad de la ley y que efectivamente tiene derecho a solicitar lo que ha solicitado", por lo que no existiría un abuso de derecho.

Sin embargo, subraya la Audiencia, existe una reflexión en este caso "cuando menos moralmente intranquilizante" en la argumentación del banco cuando dice que la finca subastada tiene hoy un valor inferior al del momento de la tasación por la situación del mercado, a la que une la crisis económica a nivel mundial. Y al respecto el tribunal subraya que, "siendo esto así" y "real la importantísima crisis económica", no se puede desconocer que su origen tiene "una causa precisa y que no es otra", según han dicho líderes políticos mundiales y expertos en economía, "que la mala gestión del sistema financiero" y las llamadas "hipotecas basura".

Un sistema del que recuerda al banco que forma parte y esto es algo "que no puede desconocer", por lo que su pretensión "no constituirá un abuso de poder pero moralmente es rechazable" cuando en su día no hubiera concedido el préstamo por el importe citado si el inmueble no hubiera tenido el valor suficiente como garantía.

En este sentido añade la sentencia que su pérdida de valor actual "es directamente achacable a la crisis económica, fruto de la mala praxis del sistema financiero", por lo que la sala entiende "especialmente doloroso" que la entidad justifique sus propósitos en unas circunstancias que "han levanto ampollas" en la sociedad.

lunes, 24 de enero de 2011

TRASPASADAS A LA JUNTA DE ANDALUCÍA LA ORDENACIÓN DE LAS COSTAS Y GESTIÓN DEL LITORAL ANDALUZ

Está prevista su publicación en BOE próximamente
• Tendrá un coste de 2,11 millones de euros y supondrá el traspaso de 62 puestos de trabajo.
• El Ejecutivo andaluz otorgará las autorizaciones de ocupación de las zonas costeras, entre otras de los llamados "chiringuitos", y participará en la planificación de las obras de interés general.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto, este pasado viernes 21 de Enero, por el que se traspasa a Andalucía la ordenación y gestión de su litoral. Andalucía es la segunda Comunidad Autónoma en recibir este traspaso, tras Cataluña.
El traspaso desarrolla lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Andalucía, que otorga a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en la gestión del litoral. A partir del 1 de abril, fecha en la que será efectivo el traspaso, el Ejecutivo autonómico será el encargado de otorgar, de conformidad con la Ley de Costas, las
autorizaciones y concesiones de ocupación del dominio público marítimo terrestre, que comprende playas, acantilados, dunas, marismas o humedales, entre otros espacios costeros. Entre estos permisos se encuentran los relativos a los llamados "chiringuitos". La Junta también regulará los usos de temporada en las playas (por ejemplo, las relativas a zonas de baño y ocio) y en el mar territorial (zonas de fondeo o pantalanes flotantes, entre otros).
La Junta también se encargará de tramitar las autorizaciones para otros usos que impliquen la ocupación o aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre,
como la realización de vertidos, explotaciones de acuicultura, recursos mineros o energéticos o la ejecución de obras fijas en el mar.
El Gobierno andaluz también asume, en relación con estas autorizaciones, la vigilancia, tramitación e imposición de las sanciones que correspondan, así como la
recaudación de las multas.
El traspaso de las funciones y servicios en materia de ordenación y gestión del litoral supone un coste efectivo de 2.112.922,45 euros y el traspaso de 62 puestos de trabajo, de los que 18 son funcionarios y 44, personal laboral.

Obras de interés general
En materia de inversiones en obras de interés general, se crea una comisión bipartita para la planificación de estas obras. En este sentido, la Junta podrá proponer la incorporación de proyectos de inversiones en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Con este Real Decreto Andalucía asume la mayor parte de los expedientes que afectan a las autorizaciones y a las concesiones sobre el dominio público marítimo terrestre, y se están estableciendo los adecuados mecanismos de coordinación con la Administración General del Estado, titular de dicho dominio público.

domingo, 23 de enero de 2011

NUEVA UBICACION DEL FORO.

Debido a problemas técnicos asociados a la web gratuita donde teníamos el foro, hemos tenido que migrar para poder tener la posibilidad de realizar copias de seguridad y un mejor mantenimiento, os ruego desde aquí que os registreis de nuevo con el mismo nick (nombre) u otro que se os ocurra.

Os pido disculpas y aquí tenéis la dirección: chg.comlu.com

Antonio


sábado, 22 de enero de 2011

BALANCE SINDICAL DE 2010: EL CONFLICTO POR EL ATAQUE AL ESTADO DE BIENESTAR SIGUE ABIERTO.

La Secretaría de Comunicación de CCOO ha hecho público un comunicado en el que hace balance de 2010, un año dominado por a crisis, las medidas del Gobierno contra el Estado de bienestar, la huelga general y la incapacidad del Ejecutivo para cerrar el conflicto, y en el que también avanza que 2011 puede ser el año en el que el conflicto social se prolongue.

Ver noticia en web estatal de CC.OO.: http://www.fsc.ccoo.es/webfsc/menu.do?Actualidad:Federal:Actualidad:112305

REUNIÓN ADMINISTRACIÓN SINDICATOS PRISIONES

"Cuando veas las barbas de tu vecino cortar, pon las tuyas a remojar", dice el refranero español, y aquí os dejo una nota de la reunión de los sindicatos de prisiones con la administración el día 19/01/2011.

                            Ver   (Descargar)

martes, 18 de enero de 2011

CONSTITUCIÓN DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CC.OO. EN LA AEMET

Se ha constituido la Sección Sindical de CC.OO. en la Agencia Estatal de Meteorología, aunque hasta el día 13 no han dado señales de vida, desde aquí le damos muchos ánimos.

lunes, 17 de enero de 2011

CONCURSOS TRASLADOS 2010 DEFENSA.

Hoy día 17 se ha publicado el listado con la valoración provisional de méritos del concurso de traslados del personal laboral del Ministerio de Defensa.
Desde mañana 18 y hasta el 28 de enero estará abierto el plazo para presentar subsanaciones.Estas habrá que entregarlas por escrito en un registro oficial y después se podrán remitir tambien vía fax.

110117TRASLADOS_DEFENSA_resolylista.pdf

YA QUEDA MENOS PARA QUE TERMINEN LOS MINICONCURSOS TRASLADOS PERSONAL LABORAL AGE Y PODAMOS COMENZAR LOS CONCURSOS DE TRASLADOS 2011. QUE SI CUMPLIESEN CON EL CONVENIO COLECTIVO SERÍAN ANTES DE FINALES DE JUNIO, COSA QUE NO OCURRIRÁ.

sábado, 15 de enero de 2011

CCOO PROPONE UN GRAN PACO POLÍTICO Y SOCIAL.

(Consejo Confederal 11/01/11)

GACETA SINDICAL ESPECIAL Nº 37 ENCIERROS Y ASAMBLEAS 19 DE ENERO.


Gaceta Sindical informa sobre los encierros y asambleas contra el retraso de la edad de jubilación a los 67 años. Los sindicatos están dispuestos a buscar alternativas y propuestas que no pasen por un recorte injustificado de los derechos de los trabajadores, pero han advertido al Gobierno que irán aumentando gradualmente las movilizaciones según evolucionen las negociaciones con la patronal y el Gobierno.

                    ¤ Gaceta Sindical especial nº 37 encierros 19 de enero

                    ¤ Octavilla 19 de enero de 2011

EL TSJ ANDALUCIA ELEVA CUESTION DE CONSTITUCIONALIDAD CONTRA EL DECRETAZO DE ZP.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ELEVA CUESTION DE CONSTITUCIONALIDAD contra EL DECRETAZO DE ZP ante el TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado AUTO en el recurso sobre Conflicto Colectivo promovido a instancias de CSIF el 7 de octubre de 2010 (después lo hizo CCOO el 2 de noviembre acumulándose a la de CSI·F y no lo hizo UGT),por el que ELEVA CUESTION DE CONSTITUCIONALIDAD ante el Tribunal Constitucional al considerar que el Decreto Ley 2/2010 por el que se minoran las retribuciones del personal laboral de la Junta de Andalucía puede haber vulnerado el contenido esencial del derecho de libertad sindical, en relación con el derecho de negociación colectiva, tal y como se desprende de la Sentencias 222/2005 y 281/2005 del Tribunal Constitucional, y que un Convenio colectivo no puede ser dejado sin efecto mediante un decreto-ley, debiendose realizar mediante una Ley, cosa que no se ha hecho.

Por este motivo, el TSJA plantea cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, para que decida si el Decreto Ley 2/2010 de Andalucía, y el Real Decreto Ley 8/2010 en que aquél se basa, vulneraron el derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva del sindicato demandante, al dejar sin efecto las retribuciones pactadas para el año 2010. 

Además, se apunta que la negociación colectiva no constituye en sí misma un derecho fundamental "pero cuando ese derecho se ejerce por los sindicatos se integra inmediatamente en la vertiente funcional del derecho de libertad sindical".

El siguiente trámite será la admisión por el Tribunal Constitucional de la cuestión planteada por el TSJA y, de ser así, resolver sobre si la redacción de varios artículos de la Ley de Presupuestos de Andalucía para 2010, introducida por el decreto ley de retribuciones, ha vulnerado o no el contenido esencial del derecho de libertad sindical, regulado por la Constitución española.


viernes, 14 de enero de 2011

DOS MOSCOSOS MÁS EN 2011.

Este año tenemos dos días más de moscosos por coincidencia con sábado los días 24 y 31 de Diciembre. (Ver documento CCOO)