viernes, 24 de mayo de 2013

RPTS MAGRAMA SS.CC. Y D. COSTAS A 01/04/2013


RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 9.3 del III Convenio Único, se hace público, en este espacio, la RPT de Personal Labora, así como el listado de ocupación.
Los trabajadores dispondrán de 15 días, a partir de esta fecha, para solicitar la subsanación de los errores que puedan existir respecto de los datos publicados.  
La solicitud se dirigirá a la Subdirección General de Recursos Humanos (Área de Planificación)

jueves, 23 de mayo de 2013

RPTs C.H. GUADIANA 2013.


¿CÓMO DENUNCIAR ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL?



Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social . A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes) tipificadas y sancionadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta de la Inspección de Trabajo, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en el ico_pdf Real Decreto 928/1998 , por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social.
Dichos servicios se deben solicitar a través de denuncia por escrito en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social. En ningún caso se admiten denuncias presentadas mediante el correo electrónico de esta WEB. ico_pdf Ver información -Presentación Denuncias ITSS-
Según el artículo 9.1.f del citado Real Decreto 928/1998, el escrito de denuncia deberá contener:
  • datos de identificación personal del denunciante y su firma
  • los hechos presuntamente constitutivos de infracción
  • fecha y lugar de su acaecimiento
  • identificación de los presuntamente responsables
  • demás circunstancias relevantes
Para ello podrá utilizarse el modelo de denuncia que se ofrece:  ico_pdf Modelo denuncia (formato pdf)  ico_Word Modelo Denuncia (formato Word)
El citado artículo añade que las denuncias anónimas no se tramitarán así como las que se refieran a materias cuya vigilancia no corresponde a la Inspección, las que manifiestamente carezcan de fundamento o resulten ininteligibles, ni las que coincidan con asuntos de que conozca un órgano jurisdiccional.
El denunciante no tendrá la consideración de interesado en esta fase de actividad inspectora previa sin perjuicio de que, en su caso, tengan tal condición en los términos del artículo 31 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común una vez que se inicie el expediente sancionador o liquidatorio.
El artículo 10 del citado Reglamento señala el deber de los funcionarios del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de guardar secretorespecto de los asuntos que conozcan por razón de su cargo, así como sobre los datos, informes, origen de las denuncias o antecedentes de que hubieran tenido conocimiento en el desempeño de sus funciones.
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar la actuación inspectora.

martes, 7 de mayo de 2013

CCOO Informa: AEMET no publicará las productividades.


Desde la Sección Sindical de CCOO en AEMET, después de un período de tiempo durante el cual no se publicaba en el tablón de anuncios ni se enviaba a esta Sección Sindical el listado mensual de personas con productividad, hemos requerido al Director de Administración de AEMET para que nos dé una explicación al respecto. La explicación de la Dirección de AEMET es que no se van a publicar los listados de productividades. La justificación a esta decisión, según siempre la Dirección de Administración, está en un dictamen de Función Pública que somete esa información a materias reservadas por la Ley Orgánica de Protección de Datos, y que cualquier perceptor de productividad podría elevar una queja contra tal publicación, cosa, por cierto, que nunca ha sucedido hasta ahora.
Desde esta Sección Sindical queremos MANIFESTAR:
  • Nuestro más enérgico rechazo a esta medida que, por supuesto, no compartirmos.
  • Que sin perjuicio de lo preceptuado en la Ley Orgánica de Protección de Datos,  la relación nominal de productividades, aún en el caso de no publicarse en tablones de anuncios, debería enviarse a las respectivas Delegados Sindicales  y, en todo caso, a la Junta de De Personal de AEMET. De conformidad con el artículo 41 del EBEP: "Cada uno de los miembros de la Junta de Personal, ésta como órgano colegiado, así como los Delegados de Personal, en su caso, observarán sigilo profesional en todo lo referente a los asuntos en que la Administración señale expresamente el carácter reservado, aún después de expirar su mandato. En todo caso, ningún documento reservado entregado por la Administración podrá ser utilizado fuera del estricto ámbito de la Administración para fines distintos de los que motivaron su entrega". Entendemos pues, que la Administración no puede negarse a pasar esa relación nominal a los miembros de la Junta de Personal así como a los Delegados Sindicales. Desde esta Sección Sindical, se va a formular tal requerimiento  a la Dirección de Administración.
  • Que esta decisión poco tiene que ver con la "política de transparencia", según ellos, que abandera la actual presidencia de AEMET.
  • Que hasta ahora se han publicado, no ha habido ningún tipo de queja por parte de nadie, es más, todo el personal AEMETque se ha enterado de esta decisión la rechaza.
  • La publicación del listado de productividades constitutía una herramienta esencial para detectar posibles errores como los acontecidos en el pasado.
Seguiremos informando.
La Sección Sindical de CCOO en AEMET

lunes, 6 de mayo de 2013

MAAMA - CONVOCATORIA CURSO INTERDEPARTAMENTAL


Adjunto os remitimos una nota informativa (convocatoria, modelo de solicitud y  manual de acceso a FUNCIONA), sobre la convocatoria de un curso de adquisición de la especialidad de Vigilancia del Dominio Público del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
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Un cordial saludo
Sección Estatal CC.OO. - MAAMA



Un año más y dentro del marco del programa de ayudas para el desarrollo de Planes de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha convocado un curso de formación en la especialidad de "Vigilancia del Dominio Público — Área del Dominio Público Hidráulico. Este curso tendrá dos ediciones, lo que supone 60 plazas en total. La duración del curso es de 100 horas, se celebrará en Madrid, probablemente, como en años anteriores, entre finales de septiembre y noviembre previsiblemente. 

El curso tiene carácter interdepartamental, es decir, va dirigido a: “Todos los trabajadores fijos (personal laboral) en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la A.G.E., de los grupos profesionales 3 al 5, que no tengan acreditada la especialidad del curso que se convoca, y se encuentren en situación de servicio activo, incluidos los empleados públicos que tengan concedido permiso de maternidad o paternidad , o se encuentren en la situación de excedencia por motivos familiares” . Las solicitudes para participar en el curso se realizarán mediante la cumplimentación del modelo de solicitud telemática , a través de la aplicación SIGP que se encuentra en el portal FUNCIONA, para lo cual, previamente, cada empleado público tendrá que solicitar una clave de acceso en el mencionado portal. También en aquellos casos en los que los Empleados Públicos no dispongan de ordenador con acceso al portal FUNCIONA; en cuyo caso, se cumplimentará el modelo de solicitud que adjuntamos como Anexo II a esta nota informativa, dirigidas a: Subdirección General de Recursos Humanos - Área de Formación -, CI Agustín de Betancourt, nº. 25, 3ª planta , 28003 Madrid. Y podrán presentarse en los registros en el articulo 38 de la Ley 30/1992 , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 
31 de mayo de 2013.

Os adjuntamos a la presente nota, las Bases, modelo de solicitud como Anexo II y manual de solicitudes como Anexo III.