lunes, 23 de enero de 2012

Retenciones IRPF 2012.



El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre (BOE) establece un incremento de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo para los años 2012 y 2013, a través de un gravamen complementario en la escala del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dejando la misma como sigue:

Hasta Cuota Resto hasta Porcentaje
0,00 0,00 17.707,20 24,75%
17.707,20 4.382,53 15.300,00 30,00%
33.007,20 8.972,53 20.400,00 40,00%
53.407,20 17.132,53 66.593,00 47,00%
120.000,20 48.431,24 55.000,00 49,00%
175.000,20 75.381,24 125.000,00 51,00%
300.000,20 139.131,24 En adelante 52,00%

Así mismo, para el año 2012, dicho Real Decreto-ley establece un procedimiento diferente a años anteriores para calcular las retenciones:

ENERO 2012: El porcentaje de retención aplicable sobre los rendimientos del trabajo que se abonen durante el mes de enero de 2012 y correspondientes a dicho mes se calculará de acuerdo con el procedimiento general anteriormente vigente, es decir, con la escala del año 2011 (programa de retenciones AEAT 2012).

FEBRERO 2012: El porcentaje de retención aplicable sobre los rendimientos del trabajo que se abonen a partir del 1 de febrero de 2012 y que no se correspondan con el mes de enero, se calculará de acuerdo a la nueva escala practicándose la regularización correspondiente por la causa 11: “otras causas”. (El programa con la nueva escala y con el que deberá regularizarse está aún pendiente de publicación por la AEAT).

En cuanto a las retenciones correspondientes a trabajadores contratados a partir del 1 de febrero de 2012, se les calculará el porcentaje de retención por el procedimiento general, aplicando la nueva escala y sin necesidad de regularizar.