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miércoles, 3 de agosto de 2011

PUBLICACION BOE LA LEY DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES.

BOE 2/8/11.  Seguridad Social.

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.


Ya se materializó la jubilación a los 67 años, por lo menos en lo que a mí se refiere.

Antonio.

martes, 31 de mayo de 2011

Enmiendas al Proyecto de ley de Reforma del Sistema de Pensiones.

Estimados Compañeros y Compañeras,
Tras el proceso de elecciones municipales y autonómicas el Congreso de los diputados va a retomar la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley de Reforma del sistema de pensiones.
En concreto, hoy mismo ha tenido lugar el debate de las enmiendas a la totalidad presentadas por IU-ICV, ERC, BNG, y UPyD, que como era previsible han sido rechazadas, y tras ello se iniciarán los trabajos de discusión de las enmiendas parciales al texto que, tras sucesivas ampliaciones, podrán presentarse hasta el 31 de mayo, aunque parece previsible que el plazo final llegue hasta el 7 de junio.
Como adelantamos en el último Plenario, pese a que el Proyecto de Ley responde fundamentalmente a lo acordado en la Mesa de Diálogo Social, el Gobierno ha incorporado algunas medidas, en algún caso pactadas por los grupos parlamentarios en la renovación del Pacto de Toledo, ajenas al Acuerdo Social y Económico y que no compartimos. Por otra parte, la concreción de alguna de las medidas acordadas en el ASE es aún mejorable, siendo necesario además incorporar algunas mejoras técnicas al texto remitido por el Gobierno a las Cortes Generales. Por todo ello, hemos decidido promover, de acuerdo con UGT, algunas enmiendas al texto que se debate, y que os adjuntamos a esta nota.

Respecto del contenido de las enmiendas, la enmienda I tiene como objetivo rechazar la propuesta realizada por el gobierno en relación a la modificación de los complementos a mínimos de forma que la cuantía de los mismos esté topada en la que cada año corresponda a la pensión de jubilación no contributiva. Dicha modificación no forma parte del Acuerdo de Diálogo Social, aunque encuentra respaldo en una traslación parcial de los contenidos de las conclusiones de la Comisión Parlamentaria de Seguimiento y Evaluación del pacto de Toledo. Más allá de la repercusión práctica que pueda llegar a alcanzar, supone una modificación relevante del actual concepto de pensiones mínimas.

La enmienda II tiene igualmente como objetivo impedir que el Gobierno incorpore una propuesta que no forma parte del acuerdo social. En este caso, la propuesta incorporada al proyecto de ley es que la aplicación de los coeficientes reductores por jubilación anticipada se haga sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora de la misma, como ocurre ahora. Ello afecta al principio de refuerzo de la contributividad del Sistema de Pensiones que informa como contenido esencial el Pacto de Toledo y vertebra el conjunto del Acuerdo de Pensiones recientemente alcanzado. Afecta especialmente a los trabajadores con base de cotización máxima, quienes ya ven ajustada su pensión al cotizar aproximadamente un 10% más de lo que pueden recibir en forma de pensión máxima. Además, esta nueva regulación también acarreará otros efectos negativos adicionales sobre la recaudación del sistema, ya que, de implantarse esta medida, probablemente se reducirán los ingresos por cotizaciones, al menos a través de convenios especiales en los trabajadores que se vean afectados por procesos de prejubilaciones o tránsito desde el empleo hasta la jubilación.

La enmienda III supone una mejora técnica en la definición de lo que debe entenderse por “cese en el trabajo” a la hora de poder acceder a una jubilación anticipada.

Las enmiendas IV y V implican una ampliación de los efectos de la medida por la que se mejoran las carreras de cotización que se ven interrumpidas por el cuidado de hijos, de modo que se reconozcan dichos periodos de cotización a todos los efectos, y no sólo para acceder a la jubilación a los 65 años.

La enmienda VI pretende mejorar la medida de cotización para jóvenes becarios, eliminando la limitación actualmente establecida en 4 años para la posibilidad del “rescate” de becas disfrutadas con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva ley. Somos conscientes de que el contenido del ASE incorpora esta limitación del periodo de 4 años. No obstante, hemos mantenido durante la negociación del Acuerdo y tras la firma del mismo, que esta limitación no era necesaria ni mermaba ingreso alguno puesto que se trata de suscripción de convenios especiales. No suponía un obstáculo infranqueable a la firma del Acuerdo pero seguimos pensando que es mejor eliminar este plazo.
La enmienda VII se sitúa al margen del contenido del Acuerdo pero encuentra su causa en la nueva regulación prevista de la jubilación anticipada. Tiene como objetivo eliminar el requisito exigido de permanencia en situación de desempleo de 6 meses previos al acceso a la jubilación anticipada por crisis, por cuanto resulta innecesario y sólo tendría como consecuencia una peor protección del trabajador en dicho periodo.

La enmienda VIII implica una adecuada delimitación de lo que se debe considerar situación de “crisis”, incorporando la relación que pueden tener con estas situaciones las causas de extinción de contratos por causa objetiva en los artículos 51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores.
Por último, la enmienda IX tiene como objetivo incluir dentro de la cláusula de salvaguarda aquellos trabajadores que tuviesen comprometida su salida de la empresa a través de planes de jubilación parciales.

Al respecto de todas estas enmiendas, hemos iniciado un proceso de presentación de las mismas al conjunto de grupos parlamentarios para propiciar su debate en el Congreso y la gestación de mayorías suficientes para su aprobación. Conforme vayan produciéndose el registro de las enmiendas del resto de grupos y los debates parlamentarios os mantendremos informados.
En espera de que esta información os sea de utilidad, recibid un saludo.

Fdo. Carlos Bravo Fernández
Secretario Confederal de Seguridad Social y
Previsión Social Complementaria de CCOO


110531_Enmiendas unitarias CCOO UGT Reforma Pensiones (Descargar)

martes, 29 de marzo de 2011

miércoles, 16 de marzo de 2011

Los técnicos del Banco de España no se creen la reforma de las pensiones.

El jefe de la división de Investigación del regulador considera una quimera las previsiones institucionales, y aboga por “ahorrar más” reduciendo la tasa de reposición de la renta.

El acuerdo alcanzado para preservar el sistema de las pensiones es insuficiente para tal objetivo. Los datos que baraja el servicio de estudios del Banco de España estipulan que el aumento de la edad de jubilación sólo retrasará el problema estructural un puñado de años en el mejor de los casos. Así lo estipuló ayer el jefe de la división de investigación del Banco de España, Juan Francisco Jimeno, en una conferencia el marco de un seminario universitario en Barcelona, quien tildó las previsiones institucionales de “quimera”.


Por este motivo, la foto institucional que protagonizaron el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y los agentes sociales, por el acuerdo en la reforma de las pensiones aprobada en enero pasado, no es ilustrativa de las mejoras introducidas en el sistema, y no evitará una nueva crisis dentro de unas décadas, a más tardar.

El esquema que manejan los técnicos, a raíz de los datos demográficos disponibles, es que el pacto no evitará que surjan nuevos problemas en el futuro. Según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del último trimestre, existen ahora aproximadamente 2,1 ocupados por cada pensionista.
Esta cifra supone ya, según el propio Jimeno, ciertas “tensiones financieras” en el sistema de la Seguridad Social. En el mejor de los casos, en 2049 habrá 1,3 trabajadores por cada pensionista, insuficiente para evitar la insostenibilidad del sistema.

El informe elabora estas previsiones según dos parámetros: la tasa de empleo y la edad de jubilación. Contando con una tasa de ocupación del 60% y con la antigua cifra de 65 años trabajados, el sistema “empezaría a generar dificultades”, siempre tomando como referencia la ratio de 2,1, a partir de 2016 o 2017. Con la ampliación hasta los 67 años, los problemas se aplazarían una década más. Si la tasa de empleo fuera del 70%, el déficit incurriría en gravedad en menos de cuatro décadas.

Con una tasa de empleo del 60% y contando con una edad de jubilación de 67 años, el sistema encontraría tensiones apenas diez años después, entre 2024 y 2025. Con una tasa de ocupación del 70%, la relación entre empleado y pensionista sería preocupante a partir de 2031 o 2032, para terminar en una ratio del 1,3 para 2049. Por esta razón, el estudio señala la inviabilidad de mantener la tasa de reposición del 100% sobre la renta a los pensionistas, tal y como está planteado actualmente. “Hay que ahorrar más”, apuntó el jefe de los estudios económicos.

Jimeno señala que el esperado incremento de la productividad no servirá para mejorar la situación, porque los ingresos no aumentarán demasiado en términos de PIB y el gasto tampoco se reducirá en los mismos parámetros. Los datos barajados por el servicio de estudios cuentan ya con el aumento de la población inmigrante, con la entrada de 75.000 nuevos extranjeros cada año.

Sobre las previsiones que calcula la Unión Europea en el gasto de pensiones de España, Jimeno las considera “optimistas” ya que, a su juicio, la población va a envejecer más rápido de lo que está estipulado. El problema demográfico también existe en otros países europeos. Pero en España, aunque el desequilibrio entre pensionistas y cotizantes a la Seguridad Social se producirá más tarde, el deterioro será mayor.

Reforma laboral
El Banco de España tampoco está demasiado feliz con la reforma laboral de mayo de 2010, a juzgar por Jimeno, quien considera que la dualidad del mercado de trabajo no ha mejorado con la nueva legislación. “En lugar de atajar el problema de fondo, ha sido una reforma parcial”, señaló Jimeno.

“Los empresarios toman tres decisiones en un mercado dual: cuándo contratar, cuándo despedir y cuándo convertir un temporal en indefinido, y ésta última genera una distorsión brutal”. “Y las futuras reformas, no parecen que vayan a ir por caminos muy distintos”, añadió, como el acuerdo en la negociación colectiva.

La intervención de Jimeno estuvo enmarcada en el seminario de la Universitat de Barcelona y el Institut de Recerca en Economia Aplicada Regional i Pública (IREA).

fuente: http://www.expansion.com

martes, 22 de febrero de 2011

ACLARACIONES AL ACUERDO DE PENSIONES.

Desde los sindicatos prentenden aclararnos los beneficios de las negociaciones en cuanto al acuerdo alcanzado sobre las pensiones, aquí os dejo dos documentos explicativos.

Documento1: Ver o Descargar
Documento2: Ver o Descargar

lunes, 7 de febrero de 2011

ACUERDO SOBRE PENSIONES.

Estimados Compañeros y Compañeras,
Como complemento a los materiales que estáis recibiendo dentro de la campaña de explicación del Acuerdo de Pensiones, os adjuntamos un Argumentario Básico para Delegados y Comités de Empresa, del que os pedimos que deis la máxima difusión.
En espera de que esta información os sea de utilidad, recibid un saludo.

Secretaría de Seguridad Social y Previsión Social Complementaria CS de CCOO
91 702 81 37/80 56 ss-psc@ccoo.es

Aquí os dejo el documento completo en pdf (descargar)

viernes, 4 de febrero de 2011

GACETA SINDICAL ESPECIAL CONSEJO CONFEDERAL CCOO REVALIDA PACTO GLOBAL.

Os enviamos el enlace http://www.ccoo.es/comunes/temp/recursos/1/770476.pdf a un nuevo número de Gaceta Sindical especial en el que informamos de la reunión del Consejo Confederal de CCOO, en la que el máximo órgano de dirección del sindicato ha revalidado el principio de acuerdo alcanzado por CCOO, UGT, las organizaciones empresariales y el Gobierno para activar un gran pacto global, que hace más fuerte y solvente el sistema público de protección social, recupera la ayuda económica a los parados que hayan dejado de percibir cualquier tipo de prestación y reforma la estructura de la negociación colectiva. El acuerdo se fundamenta en una declaración conjunta que, además de los temas citados, avanza una propuesta sobre política industrial, energética e I+D+i, así como la reapertura de la mesa de la Función Pública.

Fernando Lezcano
Secretario confederal de Comunicación CS CCOO

jueves, 27 de enero de 2011

LOS FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES SÓLO SON RENTABLES PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS.

Así se extrae del estudio realizado por Pablo Fernández, profesor de finanzas del IESE de la Universidad de Navarra, y Javier del Campo, asistente de investigación de la misma prestigiosa escuela de negocios. Los autores, bajo el título "Rentabilidad de los fondos de pensiones en España, 1994-2009", aseveran que, en los últimos 10 años, la rentabilidad promedio de los planes de pensiones fue inferior a la inflación, e incluso a la inversión en bonos del estado a cualquier plazo.

"El decepcionante resultado global de los fondos se debe a las elevadas comisiones, a la composición de la cartera y a la gestión activa", asegura el estudio que, más adelante concluye que "En muchos casos, los inversores perdieron la desgravación fiscal con la que el Estado les indujo a invertir en fondos de pensiones en menos de 5 años (vía comisiones e ineficiencias en inversión y gestión)".

El estudio aporta datos comparativos de rentabilidad entre los fondos de pensiones españoles, bonos del Estado y la bolsa española. En los últimos 10 años, el 93% de los fondos del sistema individual obtuvo una rentabilidad inferior a la inflación y el 99,3% obtuvo menos rentabilidad que los bonos del Estado a 10 años.

Parece evidente que estos planes privados de pensiones, que pretenden sustituir al sistema público, sólo generan rentabilidad para quienes los promueven. En el mejor de los casos, la inversión realizada en ellos obtiene rentabilidad, a corto plazo, a través de la desgravación fiscal. No obstante, esa desgravación fiscal, al alcance exclusivamente de las rentas con capacidad de ahorro -más altas que la media- supuso, en 2010, conforme afirma el catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Sevilla, Juan Torres, un gasto fiscal de 1.443 millones de euros, prácticamente la misma cantidad -1.500 millones de euros- que, hoy, supone el recorte de las pensiones. Una desgravación, por tanto, bastante injusta.

Indudablemente, en España, donde el volumen de negocio de las entidades financieras sobre los planes de pensiones dista mucho del obtenido en el resto de países europeos, los bancos pretenden ampliar sus beneficios atrayendo más inversores. Un método rápido, que está dando el resultado esperado, es generar alarma social en relación a la solvencia del Sistema de Seguridad Social -el más saneado de toda Europa-. La alarma está induciendo al Gobierno a recortar los derechos de los pensionistas y, así, atrae miles de millones, de quienes pueden ahorrar algo de sus salarios, hacia los planes de pensiones privados.

Las entidades financieras utilizan esos recursos en busca de pingües beneficios que, curiosamente, obtienen por una de estas dos vías: colocándolos en los mercados financieros con altas ganancias que no repercuten a sus clientes, o gestionándolos mal, hasta la quiebra, como ha ocurrido en Estados Unidos, y obligando a los gobiernos a acudir al rescate con cientos de miles de millones. Puesto que es un juego, siempre gana la banca.

Fuente: http://www.fsc.ccoo.es/webfsc/menu.do?Inicio:114286